Contratos de empleo de hogar

Contrato de empleada de hogar 2026 (modelo, requisitos y cómo hacerlo)

Guía actualizada para saber cuándo el contrato debe hacerse por escrito, qué debe incluir, qué modalidad corresponde y cómo relacionarlo correctamente con el alta en la Seguridad Social.

✅ Información revisada en 2026 ✅ Normativa oficial ✅ Servicio especializado
📅 Actualizado: septiembre 2026 ⏲ Guía completa AsisteHogar

Contrato de empleada de hogar: lo que necesitas saber

Resolvemos las dudas más habituales antes de contratar.

📄
¿Es obligatorio por escrito?

Depende de la modalidad y de lo que establezca la normativa aplicable. Te explicamos los supuestos.

📋
Qué debe incluir

Jornada, salario, duración, distribución y demás condiciones de la relación laboral.

💰
Salario y jornada

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⏱️
Periodo de prueba

Cómo pactarlo correctamente y cuál es su duración máxima.

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Alta en Seguridad Social

Qué relación existe entre contrato, alta y comienzo de la actividad.

Checklist

Comprueba todos los datos antes de firmar y empezar la relación laboral.

¿Quieres hacerlo correctamente desde el principio?

Podemos preparar el contrato, ayudarte con el alta y encargarnos de la gestión laboral de tu empleada de hogar.

Respuesta rápida

No todos los contratos de empleada de hogar tienen que ser necesariamente escritos en todos los supuestos. El artículo 5 del Real Decreto 1620/2011 permite que el contrato se celebre por escrito o de palabra, pero exige forma escrita cuando así lo establece la ley para una modalidad concreta y, en todo caso, para los contratos de duración determinada cuya duración sea igual o superior a cuatro semanas. Además, los contratos a tiempo parcial deben formalizarse por escrito. Aunque la forma verbal sea posible en algún supuesto, dejar las condiciones por escrito es la opción más segura para ambas partes.

Si vas a contratar a una empleada de hogar en 2026, conviene dejar correctamente documentadas la jornada, distribución de horas, salario, duración y demás condiciones. También debes tramitar el alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar antes del inicio de la actividad. Puedes calcular el coste o consultar nuestro servicio de gestión.

El empleo de hogar tiene una relación laboral de carácter especial regulada principalmente por el Real Decreto 1620/2011, modificado, entre otras normas, por el Real Decreto-ley 16/2022. Esta normativa debe aplicarse junto con las reglas laborales comunes que resulten compatibles.

En esta guía encontrarás la información esencial para saber qué contrato hacer a una empleada de hogar, cuándo debe constar por escrito, qué debe incluir, cómo elegir la modalidad y cómo coordinarlo con el alta en Seguridad Social.

¿Es obligatorio hacer por escrito el contrato de una empleada de hogar?

La respuesta correcta es: no existe una obligación general de que absolutamente todos los contratos de empleo de hogar sean escritos. El artículo 5 del Real Decreto 1620/2011 establece que el contrato puede celebrarse por escrito o de palabra, salvo cuando una disposición legal exija la forma escrita para una modalidad determinada. En todo caso, los contratos de duración determinada cuya duración sea igual o superior a cuatro semanas deben constar por escrito.

Además, cuando la contratación es a tiempo parcial, el Estatuto de los Trabajadores exige la forma escrita y que consten las horas ordinarias contratadas y su distribución. Si no se observan las exigencias de forma, se aplican las presunciones legales correspondientes.

💡 Nuestra recomendación profesional

Aunque en algún supuesto pueda existir un contrato verbal, recomendamos formalizar siempre la relación por escrito. Así quedan acreditadas la jornada, distribución, salario, duración y demás condiciones pactadas y se reducen las dudas ante una modificación o una futura extinción.

Tipos de contrato para empleadas de hogar

La relación laboral puede ser indefinida o de duración determinada cuando la ley permita utilizar esta modalidad. Además, puede existir una jornada completa o parcial. La modalidad debe elegirse según las circunstancias reales de la contratación.

Indefinido a jornada completa
No tiene una fecha de finalización pactada. Es la modalidad habitual cuando la necesidad de trabajo es estable.
Indefinido a tiempo parcial
Para una jornada inferior a la completa. Debe formalizarse por escrito y recoger las horas ordinarias y su distribución.
Duración determinada
Solo puede utilizarse cuando concurra una causa legal que permita la contratación temporal. La causa debe quedar correctamente reflejada en el contrato.
Empleo de hogar interno
No es una modalidad contractual independiente: describe una forma de prestación de servicios que puede combinarse con un contrato indefinido o temporal, con reglas específicas sobre descansos, presencia y pernocta.

¿Qué debe incluir el contrato de una empleada de hogar?

El contenido debe permitir identificar claramente a las partes y las condiciones esenciales de la relación. En función del caso, conviene recoger al menos:

  • Datos identificativos de la persona empleadora y de la persona trabajadora.
  • Fecha de inicio de la relación laboral.
  • Modalidad contractual y, si procede, duración y causa de la temporalidad.
  • Jornada: número de horas y distribución.
  • Salario bruto y forma de pago, incluyendo las pagas extraordinarias en los términos acordados.
  • Domicilio o lugar donde se prestan los servicios.
  • Periodo de prueba, si se pacta por escrito.
  • En su caso, tiempos de presencia, sistema de compensación y régimen de pernoctas.
  • Otras condiciones que deban quedar documentadas según la situación concreta.

Cuando la relación supera las cuatro semanas, si determinadas condiciones no figuran en un contrato escrito, la persona trabajadora debe recibir la información correspondiente sobre los elementos esenciales y las principales condiciones de ejecución; la norma incluye expresamente información sobre salario en especie, tiempos de presencia y pernoctas.

Cómo contratar a una empleada de hogar paso a paso

1
Definir las condicionesJornada, horario, salario, lugar de trabajo y demás condiciones de la relación.
2
Elegir la modalidad contractualDeterminar si corresponde un contrato indefinido o temporal y si la jornada es completa o parcial.
3
Formalizar por escrito cuando correspondaEn la práctica recomendamos documentar siempre las condiciones por escrito.
4
Tramitar el altaEl empleador debe gestionar el alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar antes del inicio de la actividad.
5
Conservar la documentaciónAmbas partes deben disponer de la documentación que permita acreditar las condiciones pactadas.

Modelo oficial de contrato: qué documento debes utilizar

El Ministerio de Trabajo pone a disposición de las personas empleadoras modelos de contrato e información para cumplir las obligaciones formales. El SEPE publica modelos de contrato con cláusulas específicas para el servicio del hogar familiar. Puedes consultar la guía oficial del SEPE sobre el contrato indefinido y sus cláusulas específicas.

⚠️ Importante: no confundas contrato y alta

El TA.2/S-0138 no es el contrato de trabajo. Es el modelo de la Tesorería General de la Seguridad Social para solicitar el alta, baja o variación de datos de la persona empleada de hogar. La TGSS lo identifica expresamente como tal.

Contrato indefinido o temporal: ¿cuál corresponde?

IndefinidoHabitual
  • ✅ No tiene fecha de finalización pactada.
  • ✅ Es la opción normal cuando la necesidad de trabajo es estable.
  • ✅ Puede ser a jornada completa o parcial.
  • ✅ El tiempo parcial debe formalizarse por escrito.
Duración determinada
  • ⚠️ Solo cuando exista una causa legal que permita la temporalidad.
  • ⚠️ La causa debe identificarse correctamente.
  • ⚠️ Si dura cuatro semanas o más, debe constar por escrito.
  • ⚠️ No debe utilizarse para cubrir una necesidad permanente.

Errores frecuentes al hacer el contrato

⚠️ Evita estos errores
  • Confundir salario bruto y neto. El contrato debe reflejar correctamente la retribución pactada.
  • No concretar la jornada. Especialmente en contratos a tiempo parcial, las horas y su distribución son esenciales.
  • Usar un documento que no corresponda. El TA.2/S-0138 es un trámite de Seguridad Social, no el contrato de trabajo.
  • Utilizar un contrato temporal sin causa legal. La contratación temporal está sujeta a los supuestos permitidos por la legislación laboral.
  • Dar de alta después de comenzar a trabajar. El alta debe tramitarse antes del inicio de la actividad.
  • Olvidar condiciones específicas. Si existen tiempos de presencia, pernoctas o salario en especie, deben documentarse correctamente cuando proceda.
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Checklist antes de firmar

✅ Comprueba estos puntos
Los datos de empleador y persona trabajadora son correctos.
La modalidad contractual corresponde a la situación real.
La jornada y su distribución están correctamente indicadas.
El salario está expresado correctamente y se han tenido en cuenta las pagas extraordinarias.
El periodo de prueba, si se pacta, consta por escrito.
Se han documentado, cuando corresponda, tiempos de presencia, pernoctas y salario en especie.
El alta en Seguridad Social está preparada antes del inicio de la actividad.
Ambas partes conservan una copia de la documentación firmada.

Modelo de contrato y descarga

📄
Modelo de contrato de empleo de hogar Utiliza un modelo adecuado a la modalidad y adapta las condiciones a la situación real.
Ver modelo SEPE →

Si buscas además calcular el salario y la cotización antes de firmar, utiliza nuestra calculadora de empleada de hogar 2026.

Contrato y alta en la Seguridad Social

Contrato y alta son trámites relacionados, pero no son el mismo documento. La persona empleadora debe tramitar el alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar antes de que comience la prestación de servicios. La TGSS identifica el modelo TA.2/S-0138 como la solicitud de alta, baja o variación de datos de la persona empleada.

Para el alta se necesitan, entre otros datos, la información de la persona trabajadora, el CCC del empleador y las condiciones laborales necesarias para la cotización. Si todavía no tienes CCC para empleo de hogar, también existe un procedimiento específico para solicitarlo.

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Periodo de prueba en el contrato de empleada de hogar

El artículo 6 del Real Decreto 1620/2011 permite pactar por escrito un periodo de prueba de hasta dos meses, salvo lo que pueda establecer un convenio colectivo. Durante ese periodo ambas partes deben cumplir sus obligaciones y la resolución puede producirse con el preaviso que se haya pactado, sin que pueda superar los siete días naturales.

📝 Consejo

Si quieres establecer periodo de prueba, déjalo expresamente recogido por escrito y especifica su duración y las condiciones de preaviso.

¿Puedo hacer el contrato por mi cuenta?

Sí. Una persona empleadora puede gestionar directamente los trámites. Lo importante es utilizar la modalidad correcta, documentar las condiciones que correspondan y realizar correctamente el alta y la cotización.

Si prefieres evitar errores, en AsisteHogar podemos ayudarte con el contrato, el alta en Seguridad Social y la gestión laboral posterior. También puedes consultar nuestras tarifas y cómo funciona el servicio.

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Contenido revisado por Petri — AsisteHogar

Gestión especializada de empleo de hogar y trámites laborales. Esta guía se revisa para mantener actualizada la información normativa.

Última revisión: septiembre 2026

Preguntas frecuentes sobre el contrato de empleada de hogar

¿Es obligatorio que el contrato sea por escrito?+
No en absolutamente todos los supuestos. El artículo 5 del Real Decreto 1620/2011 permite contrato escrito o verbal, pero exige la forma escrita cuando la ley lo establece para una modalidad concreta y, en todo caso, para los contratos de duración determinada de cuatro semanas o más. Además, los contratos a tiempo parcial deben formalizarse por escrito.
¿Qué contrato hago si trabaja 10 horas a la semana?+
Normalmente será una relación a tiempo parcial y debe formalizarse por escrito, indicando el número de horas ordinarias y su distribución. La modalidad puede ser indefinida o temporal si existe una causa legal que permita esta última.
¿El TA.2/S-0138 es el contrato?+
No. El TA.2/S-0138 es el modelo de la Seguridad Social para solicitar el alta, baja o variación de datos de la persona empleada de hogar. El contrato de trabajo es un documento diferente.
¿Cuánto puede durar el periodo de prueba?+
Puede pactarse por escrito hasta un máximo de dos meses, salvo lo que pueda establecer un convenio colectivo. El preaviso pactado durante este periodo no puede superar siete días naturales.
¿Puedo hacer un contrato temporal para cualquier situación?+
No. La contratación temporal solo puede utilizarse cuando concurra una causa legal que permita esta modalidad y debe quedar correctamente identificada en el contrato.
¿Cuándo debo hacer el alta en Seguridad Social?+
El alta debe tramitarse antes del inicio de la actividad. Es un trámite distinto del contrato y se realiza ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
¿Dónde puedo consultar la normativa oficial?+
La referencia principal es el Real Decreto 1620/2011, en su redacción vigente, junto con las modificaciones posteriores como el Real Decreto-ley 16/2022 y la normativa laboral común que resulte aplicable.
¿Quieres que preparemos el contrato y el alta por ti?
Gestión especializada de empleo de hogar.

Podemos ayudarte con el contrato, el alta en Seguridad Social y la gestión laboral posterior. Consulta nuestras tarifas o escríbenos para estudiar tu caso.

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