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Dar de alta a tu empleada de hogar no debería ser tan difícil

Pero la realidad es que muchas familias se pierden entre trámites, plazos y normativas que cambian cada año. El régimen especial de empleadas de hogar tiene sus propias reglas, y equivocarse sale caro.

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Indefinido, temporal, a tiempo parcial, interna... los modelos del SEPE son confusos y un error en el contrato puede costarte caro.
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Las gestorías generalistas no dominan el Sistema Especial para Empleados de Hogar. Y cuando llega un despido, aparecen costes que nadie te había dicho.

Una sanción por tener a tu empleada sin dar de alta puede superar los 10.000€. No merece la pena arriesgarse.

Artículo 22 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social. El coste de regularizar es siempre menor que el de una sanción.

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Cómo contratar una empleada de hogar paso a paso

Contratar una empleada de hogar legalmente implica cuatro pasos fundamentales. Nosotros nos encargamos de todos.

Paso 1
Preparar el contrato de empleada de hogar
El contrato de empleada de hogar debe hacerse por escrito, indicar el tipo de jornada, el salario, el horario y la categoría profesional. Es obligatorio desde el primer día de trabajo conforme al RD 1620/2011.
Paso 2
Alta en Seguridad Social
El alta de la empleada de hogar en la Seguridad Social es obligatoria desde el primer día y para cualquier número de horas. Se realiza a través del Sistema Especial para Empleados de Hogar antes de que la trabajadora empiece.
Paso 3
Calcular salario y cotizaciones
El salario mínimo para 2026 es de 1.221€/mes en jornada completa. A eso se suma la cotización del empleador a la Seguridad Social. Puedes calcular el coste exacto con nuestra calculadora de empleada de hogar.
Paso 4
Gestionar nóminas mensualmente
Cada mes hay que emitir la nómina, ingresar las cotizaciones a la Seguridad Social y registrar la jornada. También hay que gestionar las posibles bajas por enfermedad (IT), vacaciones y cualquier modificación del contrato.

Todo lo que debes saber para contratar una empleada de hogar

Contratar una empleada de hogar en España implica cumplir con una serie de obligaciones legales que muchas familias desconocen. El empleo doméstico está regulado por el Real Decreto 1620/2011, que establece las condiciones mínimas del contrato, el salario, los descansos y los derechos de la trabajadora. Desde 2022, con la entrada en vigor del RD-ley 16/2022, las empleadas de hogar tienen acceso a las mismas prestaciones por desempleo que el resto de trabajadores, lo que hace aún más importante regularizar la situación desde el primer día.

El contrato de trabajo de la empleada de hogar

El contrato de empleada de hogar debe formalizarse por escrito y recoger como mínimo: la identidad de las partes, la fecha de inicio, el tipo de jornada (completa, parcial o interna), el salario, el horario, el lugar de trabajo y la duración del contrato. Aunque la ley permite contratos verbales para jornadas inferiores a cuatro semanas, en la práctica siempre es recomendable el contrato escrito para evitar conflictos. Si quieres saber más sobre el proceso, consulta nuestra página de cómo funciona el servicio.

Alta en la Seguridad Social: obligatoria desde el primer día

El alta de la empleada de hogar en la Seguridad Social es obligatoria independientemente del número de horas semanales. No existe un mínimo de horas para estar exento de cotizar. El alta se realiza a través del Sistema Especial para Empleados de Hogar, dentro del Régimen General de la Seguridad Social, y debe tramitarse antes del inicio de la actividad laboral. No hacerlo puede suponer sanciones de hasta 10.000€ por trabajadora no declarada.

Salario mínimo y cotizaciones en 2026

El salario mínimo interprofesional (SMI) para 2026 es de 1.221€/mes en 14 pagas para jornada completa. Para jornadas parciales, el salario se calcula de forma proporcional. Además del salario, el empleador debe abonar las cotizaciones a la Seguridad Social, que suponen aproximadamente un 37-38% adicional sobre el salario bruto. Puedes calcular el coste exacto según las horas y el salario de tu empleada con nuestra calculadora de coste de empleada de hogar.

Obligaciones del empleador mes a mes

Una vez firmado el contrato y realizada el alta, el empleador tiene obligaciones mensuales: emitir la nómina correctamente, ingresar las cotizaciones a la Seguridad Social, registrar la jornada diaria de la trabajadora y gestionar cualquier incidencia como bajas por enfermedad o vacaciones. Además, desde noviembre de 2025 es obligatorio contar con un plan de prevención de riesgos laborales adaptado al hogar, conforme al RD 893/2024. Consulta todas las dudas en nuestra sección de preguntas frecuentes o consulta nuestras tarifas de gestión.

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Empleada hogar por horas 2026

Contratos

Contrato empleada de hogar por horas: modelo y salario 2026

Cuánto se paga a una empleada de hogar por horas en 2026, cómo se hace el contrato a tiempo parcial y qué obligaciones tiene el empleador desde la primera hora.

📅 Marzo 2026 ⏲ 9 min de lectura AsisteHogar

Contratar a una empleada de hogar por horas es la modalidad más habitual en muchas familias españolas: unas pocas horas a la semana para la limpieza del hogar, el cuidado de niños o la atención a personas mayores. Pero "por horas" no significa sin obligaciones. Desde la primera hora de trabajo, el empleador tiene las mismas obligaciones legales que si contratara a una empleada a jornada completa.

Obligaciones desde la primera hora

No existe un mínimo de horas para estar exento de las obligaciones laborales en el empleo doméstico. Aunque la empleada trabaje solo dos horas a la semana, el empleador está obligado a:

  • Formalizar un contrato por escrito antes del inicio de la actividad.
  • Dar de alta a la trabajadora en la Seguridad Social a través del Sistema Especial para Empleados de Hogar.
  • Pagar las cotizaciones mensuales correspondientes al tramo salarial de la trabajadora.
  • Emitir una nómina mensual con el desglose del salario y las deducciones.
  • Llevar un registro de jornada que refleje las horas trabajadas cada día.

Incumplir estas obligaciones puede suponer sanciones de hasta 10.000€ por trabajadora no declarada, además de la responsabilidad directa en caso de accidente laboral.

¿Cuánto se paga a una empleada de hogar por hora en 2026?

El salario mínimo de una empleada de hogar en 2026 se calcula a partir del SMI: 1.221€/mes en 14 pagas para jornada completa de 40 horas semanales. Para calcular el salario mínimo por hora:

Cálculo del salario mínimo por hora 2026
SMI mensual × 14 pagas / 52 semanas / 40 horas = salario/hora
8,73 €/hora
Salario mínimo bruto por hora en 2026

Este es el mínimo legal. En la práctica, muchas familias pagan por encima de este importe, especialmente en grandes ciudades o para servicios especializados como el cuidado de personas mayores o con dependencia.

El contrato a tiempo parcial para empleada de hogar

El contrato adecuado para una empleada que trabaja por horas es el contrato indefinido a tiempo parcial. Debe incluir obligatoriamente:

  • El número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año
  • La distribución horaria: qué días y en qué horario trabaja
  • El salario bruto mensual o semanal proporcional a las horas pactadas
  • Las pagas extraordinarias (dos al año o prorrateadas mensualmente)

El contrato a tiempo parcial no puede incluir horas extraordinarias, pero sí puede contemplar horas complementarias (horas adicionales previamente pactadas) si se cumplen los requisitos legales.

Cotización a la Seguridad Social por horas

La cotización de las empleadas de hogar a tiempo parcial se calcula sobre la base de cotización correspondiente al tramo salarial, según las tablas de 2026 del Sistema Especial para Empleados de Hogar. No se cotiza sobre el salario real sino sobre tramos predefinidos por la Seguridad Social.

Esto significa que aunque el salario real sea menor que la base de cotización del tramo correspondiente, se cotiza por el importe del tramo. Para calcular exactamente cuánto te costará cada mes, usa nuestra calculadora de empleada de hogar, que aplica automáticamente los tramos y tipos de cotización de 2026.

Cómo se calcula la nómina mensual de una empleada por horas

La nómina de una empleada a tiempo parcial incluye:

Concepto Ejemplo (10h/semana)
Salario base mensual ∼ 380 € brutos
Parte proporcional paga extra ∼ 63 €
Total devengado bruto ∼ 443 €
(-) Cuota SS trabajadora ∼ -28 €
Salario neto a percibir ∼ 415 €

* Ejemplo orientativo para 10h/semana al SMI 2026. Los importes exactos dependen del tramo de cotización y del salario pactado.

Empleada que trabaja para varios empleadores

Es muy habitual que una empleada de hogar por horas trabaje para más de una familia. En este caso, cada empleador debe darla de alta de forma independiente en la Seguridad Social por las horas que trabaja para él. No es posible que un empleador "comparta" el alta de otro.

La trabajadora tendrá tantas altas como empleadores, y cada uno pagará las cotizaciones correspondientes a su parte. La suma de todas las bases de cotización determinará las prestaciones a las que tiene derecho la trabajadora.

Errores frecuentes en el contrato por horas

  • Pagar en negro porque "son pocas horas". No existe umbral mínimo: desde la primera hora hay obligación de alta y contrato.
  • No especificar el horario exacto en el contrato. Sin horario claro, el registro de jornada no tiene sentido y cualquier discusión sobre horas trabajadas queda sin referencia.
  • Calcular el salario por hora sin incluir las pagas extraordinarias. El salario por hora debe incluir la parte proporcional de las dos pagas extra anuales.
  • No llevar registro de jornada. Es obligatorio para todos los contratos, incluidos los de pocas horas. Debe firmarse diariamente.
  • Creer que si la empleada trabaja para otros empleadores no hay que darla de alta. Cada empleador tiene su propia obligación de alta, independientemente de las demás.

Si tienes dudas sobre cómo gestionar el contrato o el alta, consulta nuestra sección de preguntas frecuentes o mira cómo funciona nuestro servicio.

¿Necesitas gestionar el contrato por horas?
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Contrato empleada hogar 2026

Contratos

Contrato empleada de hogar 2026 (modelo oficial + PDF)

Modelo de contrato de empleada de hogar actualizado a 2026: qué debe incluir, tipos, modelo oficial del SEPE y errores más frecuentes.

📅 Marzo 2026 ⏲ 10 min de lectura AsisteHogar

Contratar a una empleada de hogar parece sencillo, pero hacerlo correctamente requiere conocer una normativa específica que muchas familias desconocen. El empleo doméstico tiene su propio régimen jurídico, regulado principalmente por el Real Decreto 1620/2011, y desde 2022 también por el RD-ley 16/2022, que reformó en profundidad los derechos de las trabajadoras del hogar.

En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el contrato de empleada de hogar en 2026: qué tipos existen, qué debe incluir, dónde está el modelo oficial del SEPE y cómo evitar los errores más frecuentes.

¿Es obligatorio hacer contrato a la empleada de hogar?

Sí. Desde la entrada en vigor del RD-ley 16/2022, el contrato por escrito es obligatorio en el empleo doméstico sin excepción, independientemente del número de horas semanales. Antes de esta reforma, existía la posibilidad de contrato verbal para jornadas inferiores a cuatro semanas, pero esa excepción ya no existe.

No tener contrato escrito no solo expone al empleador a sanciones por parte de la Inspección de Trabajo, sino que también priva a la trabajadora de derechos fundamentales y complica enormemente la gestión de cualquier incidencia: bajas por enfermedad, modificaciones de jornada o extinción del contrato.

Tipos de contrato para empleadas de hogar

Dependiendo de la situación de la trabajadora y de las necesidades del empleador, existen varias modalidades:

Indefinido a tiempo completo
El más habitual para empleadas que trabajan la jornada completa de forma estable. El salario mínimo en 2026 es de 1.221€/mes en 14 pagas.
Indefinido a tiempo parcial
Para empleadas que trabajan menos horas que la jornada completa. El salario se calcula proporcionalmente. Es el contrato más común para limpiadoras de pocas horas semanales.
Temporal
Solo válido cuando existe una causa justificada de temporalidad (sustitución de otra trabajadora, necesidad temporal concreta). En el empleo doméstico las causas son muy limitadas.
Régimen interno
Para empleadas que residen en el domicilio del empleador. Tiene condiciones específicas de descanso (mínimo 2 horas diarias entre servicios), alojamiento y retribución.

¿Qué debe incluir el contrato obligatoriamente?

El contrato de empleada de hogar debe recoger como mínimo:

  • Datos identificativos del empleador y la trabajadora (nombre, DNI/NIE, domicilio)
  • Fecha de inicio y, si es temporal, fecha de finalización y causa
  • Tipo de jornada: completa, parcial o interna, con indicación del número de horas semanales
  • Distribución horaria: días y horas de trabajo
  • Salario bruto mensual, con indicación de las pagas extraordinarias (dos al año: junio y diciembre, o prorrateadas)
  • Domicilio donde se prestan los servicios
  • Categoría profesional (empleada de hogar, cuidadora, cocinera, etc.)
  • Período de prueba, si se pacta (máximo 2 meses)
  • Lugar y fecha de firma, con firma de ambas partes

Modelo oficial del SEPE y dónde descargarlo

El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) pone a disposición modelos oficiales de contrato de trabajo. Para el empleo doméstico, el modelo específico es el Modelo TA.2106 (contrato de trabajo para empleados del hogar). Puedes descargarlo directamente desde la web del SEPE en la sección de modelos de contratos.

💡 Importante sobre el modelo del SEPE

El modelo oficial es un punto de partida, pero no siempre recoge todas las cláusulas recomendables ni se adapta a situaciones específicas como el régimen interno, jornadas irregulares o acuerdos sobre guardias. Una gestoría especializada puede redactar un contrato personalizado que proteja mejor tanto al empleador como a la trabajadora.

Errores más frecuentes al hacer el contrato

⚠️ Errores que pueden costarte caro
  • Poner el salario neto en lugar del bruto. El contrato siempre debe reflejar el salario bruto. Si pones el neto, ante cualquier reclamación se interpretará que el neto es lo acordado y el bruto será mayor.
  • No especificar el horario. Sin horario claro, es imposible controlar el registro de jornada y se complica cualquier discusión sobre horas extras.
  • Usar un modelo genérico del régimen general. El empleo doméstico tiene su propio régimen especial. Un contrato del régimen general no es válido y puede generar problemas en las cotizaciones.
  • No incluir el período de prueba. Si no consta expresamente en el contrato, no existe. Y si quieres extinguir el contrato durante los primeros meses sin coste, necesitarás acreditar una causa disciplinaria.
  • Firmar el contrato después del inicio. El contrato y el alta en la Seguridad Social deben tramitarse antes del primer día de trabajo.

Contrato y alta en la Seguridad Social: ¿qué va primero?

El contrato y el alta en la Seguridad Social son dos trámites distintos pero inseparables. El orden correcto es:

  1. Redactar y firmar el contrato antes del inicio de la actividad.
  2. Tramitar el alta en la Seguridad Social, también antes del primer día de trabajo.
  3. Entregar a la trabajadora una copia firmada del contrato.

El alta se realiza a través del Sistema Especial para Empleados de Hogar, dentro del Régimen General de la Seguridad Social. Si aún no tienes Código de Cuenta de Cotización, hay que solicitarlo primero. Puedes usar nuestra calculadora para saber exactamente cuánto te costará la cotización mensual.

El período de prueba

El RD 1620/2011 permite pactar un período de prueba de hasta dos meses. Durante este tiempo, cualquiera de las partes puede extinguir el contrato sin necesidad de preaviso ni indemnización, siempre que conste expresamente en el contrato.

Una vez superado el período de prueba, la extinción del contrato ya no es libre: requiere una causa justificada (despido disciplinario o causa objetiva) con su correspondiente carta, indemnización y finiquito. Para más información sobre este proceso, consulta nuestras preguntas frecuentes.

¿Mejor gestionarlo con una gestoría especializada?

Muchas familias optan por redactar el contrato por su cuenta usando el modelo del SEPE. Es perfectamente posible, pero requiere conocer bien la normativa y adaptar el modelo a la situación concreta. Un error en el contrato puede tener consecuencias importantes si más adelante hay una modificación de jornada, una baja o una extinción.

En AsisteHogar redactamos el contrato correcto según tu situación, tramitamos el alta en la Seguridad Social en menos de 24 horas y nos encargamos de toda la gestión mensual por 40€/mes todo incluido. Consulta nuestra página de tarifas o cómo funciona el servicio.

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Alta empleada hogar seguridad-social 2026

Seguridad Social

Cómo dar de alta a una empleada de hogar en la Seguridad Social

Guía paso a paso para tramitar el alta de tu empleada de hogar en el Sistema Especial de la Seguridad Social en 2026: documentación, plazos, cómo hacerlo online y qué pasa si no lo haces.

📅 Marzo 2026 ⏲ 10 min de lectura AsisteHogar

Dar de alta a una empleada de hogar en la Seguridad Social es la primera y más importante obligación del empleador. Sin embargo, muchas familias lo retrasan, lo desconocen o creen que solo es necesario a partir de un número mínimo de horas. Ninguna de esas creencias es correcta. En esta guía te explicamos cómo hacerlo paso a paso.

¿Es obligatorio dar de alta a la empleada de hogar?

Sí, es obligatorio sin excepciones. El alta en la Seguridad Social es exigible desde el primer día y desde la primera hora de trabajo, independientemente de cuántas horas trabaje la empleada a la semana. No existe ningún umbral mínimo que exima al empleador de esta obligación.

Esta obligación existe tanto si la empleada trabaja a jornada completa como si trabaja unas pocas horas a la semana para la limpieza del hogar. La única condición es que exista una relación laboral retribuida.

El Sistema Especial para Empleados de Hogar

Las empleadas de hogar cotizan dentro del Sistema Especial para Empleados de Hogar, integrado en el Régimen General de la Seguridad Social desde 2012. Gracias al RD-ley 16/2022, desde el 1 de octubre de 2022 tienen acceso a las mismas prestaciones que el resto de trabajadores:

  • Prestación por desempleo (paro)
  • Baja por enfermedad (incapacidad temporal)
  • Jubilación
  • Maternidad y paternidad
  • Accidente de trabajo y enfermedad profesional

Esta equiparación hace aún más importante formalizar correctamente el alta, ya que la trabajadora genera derechos desde el primer día de cotización.

Documentación necesaria para el alta

Del empleador
  • DNI o NIE en vigor
  • Código de Cuenta de Cotización (CCC)
  • Dirección del domicilio donde trabaja la empleada
De la trabajadora
  • DNI o NIE en vigor
  • Número de afiliación a la SS (si ya ha trabajado)
  • Datos bancarios (para la nómina)
💡 ¿No tienes Código de Cuenta de Cotización?

Si es la primera vez que contratas a una empleada de hogar, probablemente no tengas CCC. Hay que solicitarlo antes de tramitar el alta. Se obtiene a través de la TGSS y es un paso previo imprescindible.

Pasos para tramitar el alta paso a paso

1
Obtener el Código de Cuenta de Cotización
Si aún no lo tienes, solícitalo en la TGSS (presencialmente o por sede electrónica). Es el identificador del empleador ante la Seguridad Social.
2
Verificar o solicitar la afiliación de la trabajadora
Si la empleada nunca ha cotizado en España, hay que solicitar su afiliación a la Seguridad Social. Si ya tiene número de afiliación, este paso no es necesario.
3
Acceder a la plataforma Importass o al Sistema RED
El alta se tramita online a través de Importass (portal de la TGSS para empleadores de hogar) o a través del Sistema RED si se gestiona con autorización. No es necesario ir a ninguna oficina.
4
Cumplimentar el alta indicando los datos del contrato
Hay que indicar la fecha de inicio, el tipo de jornada, el salario y la base de cotización correspondiente al tramo salarial según las tablas de 2026.
5
Guardar el justificante de alta
Una vez tramitada, la plataforma genera un justificante de alta. Guárdalo — es el documento que acredita que la trabajadora está dada de alta ante cualquier inspección.

¿Cuándo hay que hacer el alta?

El alta debe tramitarse antes del inicio de la actividad laboral. No el mismo día, no al día siguiente: antes. La ley no permite el alta con carácter retroactivo en condiciones normales, por lo que si la empleada empieza a trabajar sin estar dada de alta, ya se ha incurrido en una infracción.

Si por alguna razón no fue posible tramitar el alta a tiempo, lo más recomendable es regularizar la situación cuanto antes y consultar con una gestoría especializada sobre las opciones disponibles.

Cuánto se paga a la Seguridad Social en 2026

Las cotizaciones se calculan sobre la base de cotización del tramo salarial correspondiente, según las tablas del Sistema Especial para Empleados de Hogar. El empleador paga aproximadamente un 37-38% adicional sobre el salario bruto en concepto de cotizaciones patronales. La trabajadora aporta alrededor del 6,4%, que se descuenta de su nómina.

Para calcular el importe exacto según el salario y las horas de tu empleada, usa nuestra calculadora de empleada de hogar 2026.

Consecuencias de no dar de alta a la empleada de hogar

⚠️ Riesgos de no dar de alta
  • Sanción económica: la Inspección de Trabajo puede imponer multas de hasta 10.000€ por trabajadora no declarada, según el artículo 22 de la LISOS.
  • Responsabilidad por accidente: si la trabajadora sufre un accidente laboral sin estar dada de alta, el empleador es responsable directo de todas las prestaciones económicas y sanitarias.
  • Reclamación de cotizaciones atrasadas: la TGSS puede reclamar todas las cuotas no ingresadas desde el inicio real de la relación laboral, más recargos e intereses de demora.
  • Perjuicio a la trabajadora: sin alta, la empleada no tiene acceso a ninguna prestación de la Seguridad Social por ese período trabajado.

¿Puedo delegar el alta en una gestoría?

Sí. Es la opción más cómoda y segura para la mayoría de las familias. Una gestoría especializada en empleo doméstico se encarga de todo el proceso: obtener el CCC si no lo tienes, tramitar la afiliación de la trabajadora si es necesario, hacer el alta correctamente con la base de cotización adecuada y gestionar todas las incidencias posteriores.

En AsisteHogar tramitamos el alta en la Seguridad Social en menos de 24 horas, completamente online. Consulta cómo funciona el servicio o nuestras tarifas.

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Cuanto cobra empleada de hogar 2026

Salarios

¿Cuánto cobra una empleada de hogar en 2026?

Salario mínimo, pagas extraordinarias, coste total para el empleador y diferencias entre jornada completa, parcial e interna. Todo actualizado al SMI 2026.

📅 Marzo 2026 ⏲ 9 min de lectura AsisteHogar

Una de las primeras preguntas que se hace cualquier familia antes de contratar a una empleada de hogar es cuánto debe pagarle. La respuesta depende de varios factores: el tipo de jornada, el número de horas, si es interna o externa y si se acuerda un salario superior al mínimo legal. En este artículo te lo explicamos todo con cifras actualizadas al SMI 2026.

SMI 2026: el salario mínimo de una empleada de hogar

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026 es de 1.221€/mes, aprobado por el Real Decreto 126/2026. Este importe corresponde a la jornada completa de 40 horas semanales y se distribuye en 14 pagas: 12 mensualidades ordinarias más dos pagas extraordinarias en junio y diciembre.

SMI 2026 · Jornada completa
1.221
al mes · 14 pagas · RD 126/2026

Este es el salario mínimo legal. El empleador puede pactar con la trabajadora un salario superior, pero nunca inferior a este importe para jornada completa.

Salario en jornada completa

Para una empleada de hogar a jornada completa (40 horas semanales), el salario mínimo en 2026 queda así:

Concepto Importe
Salario base mensual (12 pagas) 1.221€
Paga extraordinaria (junio) 1.221€
Paga extraordinaria (diciembre) 1.221€
Total anual bruto 17.094€
Salario/hora (orientativo) 8,73€

Salario en jornada parcial y por horas

Cuando la empleada trabaja menos horas que la jornada completa, el salario se calcula de forma proporcional. La fórmula es sencilla:

Fórmula del salario proporcional
(1.221€ × 14 pagas / 52 semanas / 40 horas) × horas semanales × (52/12 semanas)

Algunos ejemplos orientativos para 2026:

Horas semanales Salario bruto/mes (aprox.)
5 horas/semana ∼ 197€
10 horas/semana ∼ 394€
20 horas/semana ∼ 788€
30 horas/semana ∼ 1.182€

* Importes orientativos incluyendo la parte proporcional de pagas extras. El cálculo exacto depende de la distribución horaria. Usa nuestra calculadora para obtener el importe preciso.

Salario de empleada interna

La empleada interna es aquella que reside en el domicilio del empleador. Su régimen es especial y se regula en el artículo 9 del RD 1620/2011. El salario mínimo es el mismo que para el resto de empleadas de hogar (1.221€/mes), pero la jornada máxima es de 40 horas semanales de trabajo efectivo, con un descanso mínimo entre jornadas de 10 horas y al menos dos horas diarias de descanso entre servicios.

El alojamiento y la manutención que proporciona el empleador no pueden computarse como parte del salario, salvo pacto expreso en contrario, y en ningún caso pueden suponer una reducción del salario por debajo del mínimo legal.

Pagas extraordinarias

Las empleadas de hogar tienen derecho a dos pagas extraordinarias al año, habitualmente en junio y diciembre, de al menos una mensualidad de salario base cada una. Es posible prorratear las pagas extras en 12 mensualidades si así se pacta en el contrato — en ese caso, el salario mensual incluye la parte proporcional de las pagas y el importe mensual será más alto.

Ejemplo: prorrateo de pagas para jornada completa
Salario anual: 1.221€ × 14 = 17.094€
Dividido entre 12 meses = 1.424,50€/mes (con pagas prorrateadas)

Coste total para el empleador

El coste real para el empleador es superior al salario bruto porque hay que añadir las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del empleador, que suponen aproximadamente un 37-38% adicional sobre el salario bruto. Para una empleada a jornada completa al SMI 2026, el coste mensual total estimado es:

Concepto Importe/mes
Salario bruto mensual 1.221€
Cuota SS empleador (aprox.) ∼ 460€
Coste total mensual ∼ 1.681€

Para el cálculo exacto según el salario y las horas de tu empleada, usa nuestra calculadora de coste de empleada de hogar 2026.

¿Cuánto cobra la empleada en mano?

El salario que percibe la trabajadora en mano (salario neto) es el salario bruto menos la cuota a la Seguridad Social que le corresponde a ella, que es aproximadamente un 6,4% del salario bruto. Para una jornada completa al SMI:

Salario bruto: 1.221€
Cuota SS trabajadora (∼6,4%): -78€
Salario neto aproximado: 1.143€

* Si el salario supera el umbral de retención de IRPF, también se aplicará la retención correspondiente. Para jornadas parciales y salarios bajos habitualmente no hay retención.

¿Se puede pagar por encima del SMI?

Sí, y es bastante habitual. El SMI es el mínimo legal, pero empleador y trabajadora pueden acordar libremente un salario superior. En ciudades grandes como Madrid, Barcelona o Bilbao es frecuente que el salario real esté por encima del SMI, especialmente para cuidadoras especializadas, empleadas internas o trabajadoras con experiencia acreditada.

Lo importante es que el salario pactado quede reflejado correctamente en el contrato de trabajo y que las cotizaciones a la Seguridad Social se calculen sobre el salario real, no sobre el SMI, cuando este sea superior.

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Despido de empleada de hogar: indemnización y procedimiento

Despidos y finiquitos

Despido de empleada de hogar: indemnización y procedimiento

Cómo extinguir correctamente el contrato de una empleada de hogar en 2026: tipos de despido, cálculo de la indemnización, finiquito y trámites obligatorios.

📅 Marzo 2026 ⏲ 11 min de lectura AsisteHogar

Extinguir el contrato de una empleada de hogar es uno de los procesos más delicados del empleo doméstico. Desde la reforma introducida por el RD-ley 16/2022, las reglas han cambiado de forma significativa y muchas familias siguen aplicando criterios que ya no son válidos. Hacerlo mal puede derivar en una reclamación judicial y en el pago de indemnizaciones muy superiores a las previstas.

Tipos de extinción del contrato de empleada de hogar

El Real Decreto 1620/2011 regula las causas y formas de extinción del contrato de empleadas de hogar. Las principales modalidades son:

Despido disciplinario
Por incumplimiento grave y culpable de la trabajadora. Requiere carta de despido escrita. Indemnización: 33 días/año si es declarado improcedente.
Despido por causas objetivas
Por causas económicas, organizativas o de fuerza mayor relacionadas con el hogar familiar. Indemnización: 20 días/año. Requiere carta y preaviso de 15 días.
Extinción por voluntad de la trabajadora (baja voluntaria)
La trabajadora comunica su decisión de causar baja respetando el preaviso pactado. No genera derecho a indemnización pero sí a finiquito.
Otras causas
Mutuo acuerdo, fallecimiento del empleador o de la trabajadora, jubilación, fin de contrato temporal, etc.

Despido disciplinario

El despido disciplinario procede cuando la trabajadora comete un incumplimiento grave y culpable de sus obligaciones laborales. Las causas más habituales en el empleo doméstico son: faltas repetidas de asistencia o puntualidad, indisciplina, ofensas verbales o físicas, transgresiones de la buena fe contractual o el abuso de confianza.

El despido disciplinario requiere carta escrita entregada a la trabajadora indicando los hechos que lo motivan y la fecha de efectos. No requiere preaviso. Si el despido se declara procedente, no genera derecho a indemnización. Si se declara improcedente (por no acreditarse la causa), la indemnización es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.

Despido por causas objetivas

Procede cuando existe una causa objetiva relacionada con la situación del hogar familiar: necesidades económicas, reorganización del hogar, fallecimiento o enfermedad grave del empleador, etc. Requisitos:

  • Carta escrita con expresión de la causa
  • Preaviso de 15 días (o sustitución por indemnización equivalente)
  • Indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con máximo de 12 mensualidades

Baja voluntaria de la trabajadora

Cuando es la trabajadora quien decide poner fin a la relación laboral, debe respetar el preaviso pactado en el contrato. Si no se pactó nada, se aplica el preaviso mínimo legal según la antigüedad:

Antigüedad Preaviso mínimo
Hasta 1 año 7 días
Más de 1 año 20 días

La baja voluntaria no genera derecho a indemnización, pero sí al cobro del finiquito completo: días trabajados no abonados, parte proporcional de pagas extras y vacaciones no disfrutadas.

Cálculo de la indemnización por despido

La fórmula general para calcular la indemnización es:

Salario diario bruto × días/año × años de servicio

El salario diario bruto se calcula dividiendo el salario anual total (incluyendo pagas extras) entre 365:

Ejemplo práctico
Empleada con salario bruto de 1.221€/mes en 14 pagas y 3 años y 6 meses de antigüedad:
Salario anual: 1.221 × 14 = 17.094€
Salario diario: 17.094 / 365 = 46,83€/día
Despido objetivo (20 días/año): 46,83 × 20 × 3,5 = 3.278€
Despido improcedente (33 días/año): 46,83 × 33 × 3,5 = 5.408€
⚠️ Error frecuente
Calcular la indemnización sobre el salario neto en lugar del bruto. La indemnización siempre se calcula sobre el salario bruto anual incluyendo las pagas extraordinarias.

El finiquito: qué debe incluir

El finiquito es el documento que liquida todos los conceptos pendientes en el momento de la extinción. Debe incluir:

  • Salario del período trabajado no abonado hasta la fecha de extinción
  • Parte proporcional de pagas extraordinarias devengadas y no cobradas
  • Vacaciones devengadas y no disfrutadas (2,5 días por mes trabajado)
  • Indemnización si corresponde según el tipo de extinción
  • Cualquier otro concepto pactado en el contrato

El finiquito debe entregarse firmado por ambas partes. La trabajadora puede firmarlo con la nota "no conforme" si no está de acuerdo con los importes, lo que no impide que cobre pero deja abierta la vía de reclamación.

Trámites obligatorios tras el despido

1
Baja en la Seguridad Social
Debe tramitarse en un plazo máximo de 3 días naturales desde la fecha de extinción. Si se retrasa, la TGSS puede reclamar cotizaciones adicionales.
2
Certificado de empresa
Obligatorio para que la trabajadora pueda solicitar la prestación por desempleo en el SEPE. Debe transmitirse telemáticamente a través de CERTIFIC@2.
3
Última nómina y finiquito
Deben liquidarse todos los importes pendientes en el momento de la extinción o en la fecha acordada.

Errores frecuentes al despedir a una empleada de hogar

  • No entregar la carta de extinción por escrito. Sin carta escrita, el despido puede considerarse improcedente automáticamente.
  • Calcular la indemnización sobre el salario neto. Siempre debe calcularse sobre el bruto anual incluyendo las pagas extras.
  • No incluir las vacaciones no disfrutadas en el finiquito. Corresponden 2,5 días por cada mes trabajado en el año en curso.
  • Retrasar la baja en la Seguridad Social más de 3 días. Puede generar cotizaciones adicionales y sanciones.
  • No emitir el certificado de empresa. Sin él la trabajadora no puede solicitar el desempleo, lo que puede derivar en una reclamación.
  • Despedir a una trabajadora durante una baja médica. No está prohibido si existe causa disciplinaria acreditada, pero es un terreno especialmente delicado que conviene gestionar con asesoría.

Si tienes dudas sobre el proceso, consulta nuestras preguntas frecuentes o mira cómo funciona nuestro servicio. En AsisteHogar gestionamos la extinción completa: carta, finiquito, baja en SS y certificado de empresa.

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