FAQ

❓ Preguntas frecuentes
Todo lo que necesitas saber
Resolvemos las dudas más habituales sobre la contratación y gestión de empleadas del hogar en España.
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Contratación y alta
Sí. Desde 2012, cualquier empleada del hogar que trabaje más de 60 horas al mes para el mismo empleador debe estar dada de alta en el Régimen Especial de Empleados del Hogar de la Seguridad Social. Por debajo de ese umbral también es obligatorio si hay relación laboral estable. No hacerlo puede conllevar sanciones de hasta 10.000€.
Necesitarás el DNI o NIE de la empleada, su número de afiliación a la Seguridad Social (si ya tiene), y los datos del contrato (horas, salario, tipo de jornada). Nosotros te guiamos paso a paso y gestionamos todo el proceso.
Si la empleada es ciudadana de la UE, no necesita permiso de trabajo. Si es extracomunitaria, debe tener autorización de residencia y trabajo en vigor. Contratarla sin esta autorización puede acarrear sanciones graves para el empleador. Consúltanos si tienes dudas sobre la situación de tu empleada.
Existen dos tipos principales: indefinido y de duración determinada. Dentro de cada uno puede ser a jornada completa (40h/semana) o parcial. El contrato debe formalizarse por escrito cuando la jornada supere las 4 semanas. Te asesoramos sobre cuál se adapta mejor a tu situación.
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Nóminas y salario
El SMI en 2026 es de 1.221€ brutos al mes en 14 pagas (o 1.424,50€ en 12 pagas con extras prorrateadas) para jornada completa. Para jornadas parciales se calcula proporcionalmente según las horas trabajadas. Nuestros planes incluyen la actualización automática del SMI.
Al salario bruto hay que sumar la cuota de Seguridad Social a cargo del empleador, que ronda el 22-23% del salario. Por ejemplo, con el SMI 2026 en jornada completa, el coste mensual para el empleador es aproximadamente 1.487€. Usa nuestra calculadora gratuita para obtener el dato exacto.
Tiene derecho a dos pagas extraordinarias al año, equivalentes cada una a una mensualidad. Habitualmente se abonan en junio y diciembre. También pueden prorratearse mensualmente (12 pagas iguales) si así se acuerda en el contrato.
La empleada tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones al año (o la parte proporcional si lleva menos tiempo). Al menos 15 días deben disfrutarse de forma continua y en verano, salvo acuerdo entre las partes.
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Seguridad Social
Desde 2022, las empleadas del hogar tienen plena cobertura por desempleo, además de la asistencia sanitaria, jubilación, incapacidad temporal, maternidad y accidentes de trabajo. Tienen los mismos derechos que cualquier trabajador por cuenta ajena.
Sí. Los empleadores tienen una bonificación del 20% en la cuota de contingencias comunes (45% si son familias numerosas). También existe bonificación del 80% en desempleo y FOGASA. Estas bonificaciones se aplican automáticamente al calcular la cotización.
Durante los primeros 3 días de baja, no hay obligación de pagar (salvo pacto en contrario). Del día 4 al 8, el empleador abona el subsidio. A partir del día 9, la prestación corre a cargo de la Seguridad Social. Nosotros gestionamos todo el proceso.
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Despido y fin de contrato
Sí, pero desde la equiparación de derechos, el despido de una empleada del hogar sigue las mismas reglas que cualquier trabajador. Puede ser por causas objetivas o disciplinarias, y debe estar debidamente justificado. La indemnización es de 20 días por año trabajado en despido objetivo y de 33 días en despido improcedente. Consúltanos antes de actuar para evitar errores costosos.
El finiquito debe incluir los días trabajados del mes en curso, la parte proporcional de pagas extra, las vacaciones no disfrutadas y, en su caso, la indemnización por despido. Un error en el cálculo puede dar lugar a reclamaciones. Nosotros lo calculamos con precisión.
Sí, desde el 1 de septiembre de 2022 las empleadas del hogar tienen acceso a la prestación por desempleo, igual que cualquier otro trabajador. Para ello es necesario que hayan cotizado el tiempo mínimo exigido y que el contrato haya finalizado por causas ajenas a su voluntad.
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Nuestro servicio
Sí, el contrato de servicio es anual. Si necesitas cancelar antes de completar el año, se aplica una penalización del 70% sobre las mensualidades pendientes. Esto nos permite ofrecerte un precio muy competitivo de 40€/mes con todo incluido.
El precio es por trabajadora. Si tienes más de una empleada, el importe se multiplica. Consúltanos si gestionas varias empleadas, podemos estudiar condiciones especiales.
Sí. Toda la gestión es 100% online, por lo que atendemos a empleadores de cualquier punto de España. Estamos especializados en Castilla-La Mancha y Ciudad Real, pero trabajamos con clientes de todo el país.
El Real Decreto 893/2024 obliga a los empleadores a realizar una evaluación de riesgos laborales en el hogar donde trabaja la empleada. Es obligatorio tenerla documentada desde noviembre de 2025. La gestión integral incluye este documento sin coste adicional.
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