Seguridad Social

Cómo dar de alta a una empleada de hogar en la Seguridad Social

Guía paso a paso para tramitar el alta de tu empleada de hogar en el Sistema Especial de la Seguridad Social en 2026: documentación, plazos, cómo hacerlo online y qué pasa si no lo haces.

📅 Marzo 2026 ⏲ 10 min de lectura AsisteHogar

Dar de alta a una empleada de hogar en la Seguridad Social es la primera y más importante obligación del empleador. Sin embargo, muchas familias lo retrasan, lo desconocen o creen que solo es necesario a partir de un número mínimo de horas. Ninguna de esas creencias es correcta. En esta guía te explicamos cómo hacerlo paso a paso.

¿Es obligatorio dar de alta a la empleada de hogar?

Sí, es obligatorio sin excepciones. El alta en la Seguridad Social es exigible desde el primer día y desde la primera hora de trabajo, independientemente de cuántas horas trabaje la empleada a la semana. No existe ningún umbral mínimo que exima al empleador de esta obligación.

Esta obligación existe tanto si la empleada trabaja a jornada completa como si trabaja unas pocas horas a la semana para la limpieza del hogar. La única condición es que exista una relación laboral retribuida.

El Sistema Especial para Empleados de Hogar

Las empleadas de hogar cotizan dentro del Sistema Especial para Empleados de Hogar, integrado en el Régimen General de la Seguridad Social desde 2012. Gracias al RD-ley 16/2022, desde el 1 de octubre de 2022 tienen acceso a las mismas prestaciones que el resto de trabajadores:

  • Prestación por desempleo (paro)
  • Baja por enfermedad (incapacidad temporal)
  • Jubilación
  • Maternidad y paternidad
  • Accidente de trabajo y enfermedad profesional

Esta equiparación hace aún más importante formalizar correctamente el alta, ya que la trabajadora genera derechos desde el primer día de cotización.

Documentación necesaria para el alta

Del empleador
  • DNI o NIE en vigor
  • Código de Cuenta de Cotización (CCC)
  • Dirección del domicilio donde trabaja la empleada
De la trabajadora
  • DNI o NIE en vigor
  • Número de afiliación a la SS (si ya ha trabajado)
  • Datos bancarios (para la nómina)
💡 ¿No tienes Código de Cuenta de Cotización?

Si es la primera vez que contratas a una empleada de hogar, probablemente no tengas CCC. Hay que solicitarlo antes de tramitar el alta. Se obtiene a través de la TGSS y es un paso previo imprescindible.

Pasos para tramitar el alta paso a paso

1
Obtener el Código de Cuenta de Cotización
Si aún no lo tienes, solícitalo en la TGSS (presencialmente o por sede electrónica). Es el identificador del empleador ante la Seguridad Social.
2
Verificar o solicitar la afiliación de la trabajadora
Si la empleada nunca ha cotizado en España, hay que solicitar su afiliación a la Seguridad Social. Si ya tiene número de afiliación, este paso no es necesario.
3
Acceder a la plataforma Importass o al Sistema RED
El alta se tramita online a través de Importass (portal de la TGSS para empleadores de hogar) o a través del Sistema RED si se gestiona con autorización. No es necesario ir a ninguna oficina.
4
Cumplimentar el alta indicando los datos del contrato
Hay que indicar la fecha de inicio, el tipo de jornada, el salario y la base de cotización correspondiente al tramo salarial según las tablas de 2026.
5
Guardar el justificante de alta
Una vez tramitada, la plataforma genera un justificante de alta. Guárdalo — es el documento que acredita que la trabajadora está dada de alta ante cualquier inspección.

¿Cuándo hay que hacer el alta?

El alta debe tramitarse antes del inicio de la actividad laboral. No el mismo día, no al día siguiente: antes. La ley no permite el alta con carácter retroactivo en condiciones normales, por lo que si la empleada empieza a trabajar sin estar dada de alta, ya se ha incurrido en una infracción.

Si por alguna razón no fue posible tramitar el alta a tiempo, lo más recomendable es regularizar la situación cuanto antes y consultar con una gestoría especializada sobre las opciones disponibles.

Cuánto se paga a la Seguridad Social en 2026

Las cotizaciones se calculan sobre la base de cotización del tramo salarial correspondiente, según las tablas del Sistema Especial para Empleados de Hogar. El empleador paga aproximadamente un 37-38% adicional sobre el salario bruto en concepto de cotizaciones patronales. La trabajadora aporta alrededor del 6,4%, que se descuenta de su nómina.

Para calcular el importe exacto según el salario y las horas de tu empleada, usa nuestra calculadora de empleada de hogar 2026.

Consecuencias de no dar de alta a la empleada de hogar

⚠️ Riesgos de no dar de alta
  • Sanción económica: la Inspección de Trabajo puede imponer multas de hasta 10.000€ por trabajadora no declarada, según el artículo 22 de la LISOS.
  • Responsabilidad por accidente: si la trabajadora sufre un accidente laboral sin estar dada de alta, el empleador es responsable directo de todas las prestaciones económicas y sanitarias.
  • Reclamación de cotizaciones atrasadas: la TGSS puede reclamar todas las cuotas no ingresadas desde el inicio real de la relación laboral, más recargos e intereses de demora.
  • Perjuicio a la trabajadora: sin alta, la empleada no tiene acceso a ninguna prestación de la Seguridad Social por ese período trabajado.

¿Puedo delegar el alta en una gestoría?

Sí. Es la opción más cómoda y segura para la mayoría de las familias. Una gestoría especializada en empleo doméstico se encarga de todo el proceso: obtener el CCC si no lo tienes, tramitar la afiliación de la trabajadora si es necesario, hacer el alta correctamente con la base de cotización adecuada y gestionar todas las incidencias posteriores.

En AsisteHogar tramitamos el alta en la Seguridad Social en menos de 24 horas, completamente online. Consulta cómo funciona el servicio o nuestras tarifas.

¿Necesitas tramitar el alta hoy?
Alta en SS en menos de 24 horas. Contrato, nóminas y gestión mensual. 40€/mes todo incluido.
💬