Preguntas Frecuentes Empleadas de Hogar 2026 | Alta, Salario, Seguridad Social y Despido

Preguntas frecuentes · 2026

Contrato, alta y gestión de empleada de hogar

Respuestas claras y actualizadas sobre salario, Seguridad Social, contrato, vacaciones, bajas, despido, prevención de riesgos y obligaciones del empleador.

¿Tienes una duda sobre tu empleada de hogar?

En esta guía reunimos las preguntas que más suelen plantear las familias que contratan personal doméstico en España. Cuando existe una regla específica, enlazamos a la normativa oficial para que puedas comprobarla directamente.

Si necesitas saber cuánto te costará una contratación concreta, puedes utilizar nuestra calculadora de empleada de hogar 2026.

Contratación y alta

¿Estoy obligado a dar de alta a mi empleada de hogar?
Sí. La persona empleadora debe tramitar el alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar antes del inicio de la actividad, con independencia del número de horas contratadas. La responsabilidad del alta corresponde, con carácter general, al empleador.
¿Qué documentación necesito para dar de alta a una empleada de hogar?
Normalmente necesitarás los datos de la persona empleadora y de la trabajadora, su número de afiliación a la Seguridad Social si ya lo tiene, los datos del domicilio de trabajo y las condiciones de la relación laboral, como jornada, salario y fecha de inicio. La TGSS determina la documentación y el procedimiento aplicables en cada caso.
¿Es obligatorio hacer el contrato por escrito?
No es correcto decir que todos los contratos de hogar deban ser obligatoriamente escritos sin excepción. El artículo 5 del Real Decreto 1620/2011, en su redacción vigente, remite a las reglas generales sobre la forma del contrato. Si no existe pacto escrito, el contrato se presume por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario, y cualquiera de las partes puede exigir que se formalice por escrito. En la práctica, dejar las condiciones por escrito es la opción más segura.
¿Qué tipos de contrato existen para empleadas de hogar?
La relación puede ser indefinida o de duración determinada cuando exista una causa legal que justifique la temporalidad. Cualquiera de estas modalidades puede desarrollarse a jornada completa o parcial. El contrato debe reflejar con claridad las condiciones pactadas.

Salario, nómina y coste

¿Cuál es el salario mínimo de una empleada de hogar en 2026?
Para jornada completa, el SMI de 2026 es de 1.221 € brutos al mes en 14 pagas, es decir, 17.094 € al año. Si se pacta el salario en 12 pagas con las extraordinarias prorrateadas, equivale a 1.424,50 € brutos al mes. En jornadas parciales, la retribución mínima se calcula proporcionalmente.
¿Cuánto se paga por hora a una empleada de hogar en 2026?
Cuando se trata de trabajo por horas en régimen externo y la retribución se fija por hora efectivamente trabajada, el mínimo legal en 2026 es de 9,55 € por hora. Esta modalidad no debe confundirse con una jornada parcial con salario mensual.
¿Cuánto cuesta realmente contratar una empleada de hogar?
El coste para el empleador no es solo el salario bruto. Hay que añadir la cuota empresarial de Seguridad Social y aplicar, cuando corresponda, las reducciones o bonificaciones previstas legalmente. La cifra exacta depende del salario, las pagas, la jornada y las circunstancias de la contratación. Puedes calcularlo con nuestra calculadora de empleada de hogar 2026.
¿Quién paga la Seguridad Social de la empleada de hogar?
El empleador es responsable de ingresar las cotizaciones. En la nómina se descuenta a la trabajadora la parte de cotización que le corresponde y el empleador asume además su propia cuota.
¿Cómo se calcula la cotización en 2026?
La base de cotización se determina según la retribución mensual incrementada con la parte proporcional de las pagas extraordinarias y se aplica la escala de bases vigente. En 2026 los tramos de base van desde 306 € hasta la retribución mensual en el tramo superior. Sobre la base se aplican los tipos correspondientes a contingencias comunes, desempleo, FOGASA, MEI y contingencias profesionales.
¿Tengo alguna bonificación en la Seguridad Social?
Sí. Existen reducciones y bonificaciones para determinados conceptos de cotización, pero no todas se aplican en todos los casos ni deben presentarse como automáticas. La reducción general de contingencias comunes y la bonificación de desempleo y FOGASA tienen reglas específicas. Las situaciones que puedan dar derecho a una bonificación adicional deben comprobarse antes de tramitar el alta.
¿Cuántas pagas extraordinarias tiene una empleada de hogar?
Tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, en los términos establecidos legalmente. Su importe debe respetar el mínimo anual correspondiente y pueden abonarse en las fechas habituales o prorratearse mensualmente cuando se pacte correctamente.

Jornada y derechos

¿Cuántos días de vacaciones tiene?
Tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones al año, que pueden fraccionarse en dos o más periodos, siempre que uno de ellos sea de al menos 15 días naturales consecutivos. Las fechas se acuerdan entre las partes y, en defecto de pacto, se aplican las reglas específicas del Real Decreto 1620/2011.
¿Cuál es la jornada máxima de una empleada de hogar?
La jornada máxima semanal ordinaria es de 40 horas de trabajo efectivo. Además, pueden existir tiempos de presencia pactados, que tienen reglas específicas de duración, retribución y compensación.
¿Qué ocurre si la empleada se pone de baja por enfermedad?
La incapacidad temporal tiene reglas específicas para el Sistema Especial de Empleados de Hogar. En una baja por enfermedad común o accidente no laboral, el subsidio se abona desde el cuarto día; del cuarto al octavo día corre a cargo del empleador y desde el noveno día corresponde al INSS o la mutua, conforme a las reglas aplicables.
¿Tiene derecho a cobrar el paro?
Sí. Las personas trabajadoras del hogar están incluidas en la protección por desempleo desde el 1 de octubre de 2022, siempre que cumplan los requisitos generales de cotización y acceso a la prestación.

Bajas, despido y finiquito

¿Puedo despedir a una empleada de hogar?
Sí, pero la extinción debe realizarse conforme a la causa y al procedimiento que correspondan. En el empleo de hogar existe además una regulación específica para la extinción por decisión del empleador. La comunicación debe hacerse por escrito y, cuando proceda, debe ponerse a disposición la indemnización legal. No conviene utilizar modelos genéricos de despido sin revisar antes la causa concreta.
¿Cuánto es la indemnización por extinción por decisión del empleador?
En los supuestos específicos de extinción regulados para el empleo de hogar, la indemnización es de 12 días de salario por año de servicio, con el límite de seis mensualidades. El preaviso es de 20 días si la relación ha durado más de un año y de 7 días en los demás casos, salvo sustitución por la indemnización correspondiente.
¿Qué debe incluir el finiquito?
El finiquito debe recoger las cantidades pendientes de pago que correspondan, como salario del periodo trabajado, parte proporcional de pagas extraordinarias y vacaciones devengadas y no disfrutadas. Además, cuando corresponda, debe añadirse la indemnización derivada de la forma de extinción.

Prevención de riesgos laborales

¿Es obligatorio hacer prevención de riesgos laborales?
Sí. El Real Decreto 893/2024 establece obligaciones específicas de seguridad y salud en el empleo del hogar, incluida la evaluación inicial de riesgos y la adopción de medidas preventivas cuando sean necesarias. La normativa se aplica teniendo en cuenta las características del trabajo doméstico.
¿Qué es la evaluación de riesgos del hogar?
Es la evaluación de los riesgos para la seguridad y salud de la persona trabajadora en el domicilio donde presta servicios. El empleador debe realizarla y actualizarla cuando cambien las condiciones de trabajo o se produzcan daños. Si se detectan riesgos, deben adoptarse y documentarse las medidas preventivas necesarias.

Otras dudas habituales

¿Es obligatorio llevar un registro de jornada?
El empleador debe poder acreditar el tiempo de trabajo realizado y cumplir las obligaciones de registro que resulten aplicables. En caso de duda sobre el sistema concreto de registro para una relación de hogar, conviene revisar la normativa vigente y la situación de la trabajadora antes de elegir un sistema.
¿Puede una empleada de hogar trabajar para varios empleadores?
Sí. Puede tener varias relaciones laborales simultáneas. Cada empleador debe cumplir sus propias obligaciones respecto de la relación que mantiene con ella, incluido el alta y la cotización que corresponda.
¿Cuánto cuesta la gestión de AsisteHogar?
La web ofrece una gestión mensual de 40 € al mes más IVA, según las condiciones del servicio. Puede incluir contrato, alta, nóminas y otras gestiones laborales. Consulta la página de tarifas para conocer exactamente qué está incluido.
¿Gestionáis empleadas de hogar en toda España?
Sí. El servicio se presta online y permite gestionar relaciones laborales de empleo doméstico en cualquier provincia de España, siempre que la situación pueda tramitarse por los procedimientos habilitados por la Seguridad Social y los demás organismos competentes.

¿Necesitas ayuda con tu empleada de hogar?

Si necesitas ayuda con el contrato, el alta, la nómina o la gestión mensual de tu empleada de hogar, podemos encargarnos de todo.

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Fuentes oficiales

La información se ha contrastado con la normativa vigente a septiembre de 2026, especialmente el Real Decreto 1620/2011, el Real Decreto-ley 16/2022, el Real Decreto 126/2026, la Orden PJC/297/2026 y el Real Decreto 893/2024.

RD 1620/2011 · RDL 16/2022 · SMI 2026 · Orden PJC/297/2026 · RD 893/2024

Última revisión: septiembre de 2026 · AsisteHogar
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