Evaluación de riesgos laborales

🏠 Nueva obligación para empleadores del hogar: evaluación de riesgos laborales antes del 14 de noviembre de 2025

Desde la entrada en vigor del Real Decreto 893/2024, las personas que contratan trabajadoras del hogar tienen la obligación de garantizar condiciones de trabajo seguras en sus domicilios.

El pasado 14 de mayo de 2025, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) publicó una herramienta gratuita que permite a los empleadores cumplir con esta obligación de forma sencilla.

📌 ¿Qué se exige?

  • Realizar una evaluación de riesgos laborales en el domicilio donde trabaja la empleada del hogar.
  • Utilizar la herramienta oficial disponible en: https://www.prevencion10.es
  • Imprimir y conservar el informe de evaluación en el domicilio.
  • Aplicar las medidas de seguridad que el informe recomiende.

📅 Fecha límite

El plazo para cumplir con esta obligación finaliza el 14 de noviembre de 2025.

A partir de esa fecha, en caso de inspección, se podrá requerir esta documentación. El incumplimiento puede acarrear sanciones administrativas.

🛠 ¿Qué tipo de riesgos se evalúan?

La herramienta permite identificar aspectos como:

  • Almacenamiento y uso de productos de limpieza.
  • Posturas forzadas, escaleras, riesgo de caídas.
  • Equipos eléctricos o de cocina.
  • Ventilación, iluminación o aislamiento térmico.

🤝 Podemos ayudarte

Desde AsisteHogar, ofrecemos apoyo para:

  • Realizar la evaluación con la herramienta oficial.
  • Explicar los pasos a seguir.
  • Asesorar sobre cómo aplicar las medidas de prevención necesarias.

📞 Contacta con nosotros si necesitas ayuda para cumplir con esta normativa de forma sencilla y segura.

🕒 No lo dejes para última hora. ¡Estamos aquí para ayudarte!

❓ Preguntas Frecuentes

Consulta también la normativa oficial de empleadas de hogar para ampliar esta información.

¿Cuánto cuesta contratar una empleada de hogar?

Depende del salario acordado y la jornada. Nosotros te asesoramos en el alta y cálculo según convenio.

¿Puedo contratar solo por unas horas?

Sí, es posible contratar por horas o días. Te ayudamos con los trámites y el contrato adecuado.

¿Qué documentación necesito?

DNI/NIE del empleador y empleada, cuenta bancaria, y datos del lugar de trabajo. Nosotros te guiamos paso a paso.

¿Cómo tramitar la baja de una empleada?

Nos ocupamos de la baja en la Seguridad Social y te informamos de tus obligaciones legales.

¿Puedo gestionarlo todo por WhatsApp?

Sí, puedes escribirnos al +34 685 153 360 y te ayudamos directamente por WhatsApp.

¿Cuántas horas puede trabajar una empleada de hogar?

La jornada máxima habitual es de 40 horas semanales, salvo que se pacte otra distribución respetando descansos legales.

¿Qué derechos tiene la empleada en cuanto a vacaciones?

Tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones anuales, que deben pactarse con el empleador para su disfrute.

¿Cómo se calcula el salario para jornada parcial?

Se calcula proporcionalmente al número de horas trabajadas respecto a la jornada completa y conforme al SMI vigente.

¿Es obligatorio entregar nómina o recibo de sueldo?

Sí, es obligatorio entregar un recibo que detalle el salario y deducciones cada mes.

¿Qué ocurre si no doy de alta a la empleada en la Seguridad Social?

Es una infracción grave que puede conllevar multas y sanciones económicas, además de no garantizar cobertura social a la empleada.

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